
El Joven Jurista Felipe Ramírez, apoya la iniciativa de Reforma Integral “Déjala Ir”, Sin embargo, establece que hay un aspecto fundamental que debe ser revisado por los legisladores, para no caer en la inconstitucionalidad y la inseguridad jurídica.
El jurista expresó que “luego de realizar una pausa y reflexionar sobre lo leído acerca de la reforma integral “déjala ir”, puedo decir que los principios de esta se alinean con criterios humanitarios como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Violencia contra la Mujer (CEDAW) y la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), Con un concepto aplicado a la realidad de la República Dominicana”.
Agregó que “hay una parte fundamental que debe ser analizada por los legisladores y es el planteamiento sobre el indulto a los médicos que practiquen abortos a niñas y mujeres víctimas de abuso sexual”.
El jurista entiende que esa propuesta quizás fue realizada con las mejores intenciones, sin embargo, el aborto es ilegal en todo el marco jurídico dominicano, excepto en el estado de necesidad, en los casos en el que la vida de la parturienta se encuentre en peligro a la hora del alumbramiento, nuestra constitución establece en el artículo 37 que el derecho a la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte, por lo que el aborto constituye una violación a ese derecho fundamental, por otro lado, el artículo 128 literal J, establece que la facultad de conceder indultos es una atribución del presidente.
En el procedimiento planteado en el proyecto,específicamente en el artículo 16 es abiertamente inconstitucionalidad, ya que ni el Ministerio Público, ni el juez pueden despenalizar un hecho punible como el aborto ni mucho menos recomendar al Presidente de la República realizar indultos a los médicos que realicen dicha práctica. Jurídicamente esto crea una inseguridad legal, ya que para una persona ser indultada debe estar cumpliendo una condena; no existe el indulto anticipado.
El hecho de que un médico practique un aborto a dichas víctimas legalmente no atiende una problemática sino mas bien incentiva de manera consiente a la comisión de un delito, arriesgando el médico su carrera profesional y su libertad bajo lo que sería una decisión política no vinculante, la figura del indulto no es el mecanismo aplicable, la vía legalmente correspondiente es la despenalización directa del aborto en sus tres causales, y para ello, el camino legal es de conocimiento público.