Las tres causales, limitaciones legales para su aplicación dentro del Código Penal

Santo Domingo. -La legislación dominicana data de 1884, y aún mantiene vigente antiguos estatutos como la prohibición del aborto y condena para todo aquel que participe en la interrupción de un embarazo, lo que en la modernidad ya representa un atentado contra los derechos humanos, sexuales y reproductivos de las niñas y mujeres, como profesan sectores protestantes como el movimiento de Las Tres causales, representadas con pañoletas color verde.


Los defensores de esta ley han exigido abiertamente que permitan que mujeres y niñas puedan decidir si interrumpir o no su embarazo, en tres casos extremos:
1) represente un riesgo para la vida de la mujer, 2) sea fruto de una violación o incesto, o 3) existan malformaciones fetales incompatibles con la vida.


Durante años el Congreso Nacional de la República Dominicana ha estado en debate sobre si incluir o no estas causales o eximentes en el Código Penal, ya que tienen bastante presión del sector religioso, que bajo el lema salvemos las 2 vidas, salieron a las calles con el lema ProVida, usando camisetas de color azul celeste.

El arzobispo Monseñor Francisco Ozoria Acosta, como líder religioso del país, ha expresado que aprobar las tres causales, sería como “aprobar la pena de muerte en el país”.


Así como ProVida, se han creado otras organizaciones que defienden la vida, como Grupo Acción Cristiana, los cuales enfatizan que lo que necesita el país es que el Código Penal les facilite a las mujeres en edad fértil, el acceso a tratamientos médicos y chequeos para disminuir las circunstancias que pudieran derivar en un embarazo.


Los juristas que conforman la comisión para estudiar el proyecto de modificación expresaron en su reporte, que las 3 causales deben ser incluidas en el artículo 110, ya que consideran que es constitucionalmente valida.

En la actualidad el artículo 37 de la Constitución Dominicana defiende el derecho a la vida desde la concepción hasta la muerte, lo que también representa una limitación para su aplicación en el Código Penal.


Algunas mujeres y niñas cuentan con los recursos y medios para viajar a otro país donde el aborto es legal o encontrar proveedores de salud seguros que les ayuden a terminar un embarazo, pero muchas, especialmente aquellas de comunidades pobres y rurales, arriesgan su salud y su vida sometiéndose a abortos clandestinos, a menudo sin ninguna orientación de personal capacitado.


La despenalización del aborto ha estado en la palestra pública desde hace mucho tiempo, no solo en República Dominicana, sino en otros países como Argentina, Polonia, México, entre otros.


Una cuestión que también ha supuesto una traba para las tres causales, es la opinión de fundaciones de relevancia para el Congreso, como es la Fundación Justicia y Transparencia, ya que su presidente, Trajano Vidal Potentini, asegura que el tema del aborto, ha raptado el Código Penal. “Seria de nuevo una irresponsabilidad de nuestro congreso, de nuestros legisladores, no tener un código, porque tanto los religiosos como las feministas, lo han marginado, lo han secuestrado, por el tema del aborto”, expresó Potentini.


Un organismo que siempre ha estado a favor de incluir las tres causales en el Código Penal, ha sido las Naciones Unidas (ONU, 2021), que le recomendó a República Dominicana en el contexto del Examen Periódico Universal (EPU), que deberían promulgar las medidas legislativas necesarias para despenalizar el aborto en sus tres causales, inclusive aseguran que en 2019 el Estado aceptó sus recomendaciones y se comprometió a implementarlas, sin embargo, esto no sucedió.


El comunicado de la ONU en República Dominicana indica que negar a las mujeres el acceso a la interrupción del embarazo, particularmente las tres causales, viola los derechos a su salud, privacidad y a ser “libres de tratos crueles, inhumanos y degradantes”. Por lo tanto, han reiterado en varias ocasiones, que las mujeres deberían tener acceso a estos servicios, para garantizar sus derechos a la salud y eliminar la discriminación.

El código vigente establece en su artículo 317, una pena de reclusión menor para la mujer que se cause un aborto mediante alimentos, brebajes, medicamentos o, de cualquier modo, al igual que el que coopere con ella. Se impone prisión de seis meses a dos años a las personas que pongan en comunicación a una embarazada con quien se lo producirá, pero con el nuevo código penal, la pena aumentaría de uno a dos años de reclusión menor.


Para el personal médico que realice un aborto, las penas van de cinco a veinte años de reclusión, y en el nuevo proyecto del código penal también proponen que los casos de aborto que sean forzados o no cuenten con el consentimiento de la mujer, se les dará una pena de 30 a 40 años de prisión, por considerarse una infracción de lesa humanidad.


Durante el conocimiento del proyecto para la nueva carta legislativa, el presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, propuso separar las 3 causales del Código Penal, e incluirlas en un proyecto de ley especial, para de esta manera poder aprobar la modificación del nuevo código sin contratiempos.


El 28 de abril de 2021, la Cámara de Diputados aprobó en primera lectura el proyecto de ley que modificaría el Código Penal vigente, y que aprueba el aborto solo cuando peligra la vida de la madre y del feto. A pesar de que en un principio muchos diputados estaban a favor de incluir las tres eximentes y pese a las protestas del movimiento Tres Causales, el 30 de junio de este mismo año, aprobaron la reforma del código penal, con 128 votos a favor, 13 en contra, siete abstenciones y 42 ausencias.


Los nuevos cambios mantendrán la penalización a la mujer, pero disminuyen las penas al personal médico por interrumpir un embarazo y mantienen la eximente que permite el aborto cuando peligran las vidas de la madre y el feto.


Este eximente libera de penalización al personal médico que interrumpa el embarazo si, antes de llevar a cabo la práctica, “para salvar las vidas de la madre y del feto en peligro, se agotan todos los medios científicos y técnicos disponibles hasta donde sea posible”, así establece el artículo 112.


Aún queda esperar la decisión del Senado, pero esta determinación ha provocado rechazo por parte de las protestantes que aseguran no pararán de luchar y alegría por parte de ProVida que vociferan “República Dominicana dijo sí a la vida”.


¿Realmente se penaliza el aborto en República Dominicana?


Es de conocimiento público que la ley contempla varios años de prisión para quien se practique un aborto, sin embargo, al adentrarse a los expedientes de la Procuraduría General de la República, son muy pocos los imputados por el delito de abortar, tan solo 83 personas entre el 2013 y 2020, cuando la cifra de abortos en el país es mucho mayor.


Según datos suministrados por la Presidencia de la Cámara Penal Juzgado de Primera instancia del Distrito Nacional, alrededor de 15 personas han sido judicializadas en el país, por violar el artículo 317 del Código Penal, de esa cantidad, 9 corresponden a hombres y otras 9 a mujeres.


Dentro de los casos que se conocen, está el de un sargento retirado del Ejército de la República Dominicana, que recibió una condena de 20 años de prisión, por violar, embarazar y obligar a abortar a su hija de 12 años, en Santo Domingo Norte. La pena fue por violación sexual e incesto, sin incluir el aborto, sin embargo cabe destacar que al obligar a la menor a someterse a un aborto ilegal, la niña fue ingresada a un hospital por padecer hemorragia interna fruto de un aborto.


Queda la duda de si de haber estado aprobadas las tres causales en ese momento, y la menor tener acceso a un aborto seguro, quizas no habria sufrido de hemorragia.


En cuanto a los centros cerrados e imputados por practicar aborto, en el año 2012 tres clínicas fueron cerradas por el Ministerio de Salud Pública, las mismas estaban ubicadas en Santo Domingo. Dichos centros fueron el Consultorio Sánchez Ureña, ubicado en la calle Duarte, la Santos Brito, localizada en la calle Las Palmas de Herrera, y la Herrera Piña, de la calle México.


Realidad actual


“La mayoría de los abortos que he tratado son provocados “, apuntó Niurka Cuevas, quien es ginecóloga obstetra de la Maternidad Nuestra Señora de La Altagracia y Centro Médico del Caribe.


Para la galena que cuenta con más de 40 años de experiencia, es alarmante la cifra de abortos provocados y el porcentaje no es exacto, ya que la gran mayoría no son reportados a las autoridades.


Según su experiencia las mujeres que acuden a los centros de salud con un aborto lo inician desde sus hogares tomando alguna pastilla contra indicada para embarazadas o brebajes. Estas en ocasiones acuden por ayuda médica acompañadas de sus parejas. Otras lo hacen solas para que sus familiares no se enteren, en condiciones estables.

La doctora Cuevas explica que las consecuencias de realizarse un aborto no seguro son: infección, septicemia, ruptura uterina, quedar con restos del feto, quedar estéril o incluso perder la vida.


Pero lo que no se explica es el hecho de que la pastilla misoprostol, mejor conocida como Citotec, que está indicada para sangrado gastro-intestinal, y en obstetricia, cuando el bebé ha muerto en el útero, poder hacer un vaciado, pueda estar al acceso de todo el mundo, que no existan regularizaciones para su compra y venta. Al no tener un régimen con este medicamento, abren las puertas a que se realicen los abortos no seguros.


En la actualidad siguen falleciendo mujeres por llevar a término embarazos de alto riesgo y no querer realizarles un aborto a tiempo, por la penalización. Este fue el caso de una joven de 25 años, que murió en el mes de junio del año 2021, en la provincia Santiago, porque presentaba dos de las tres causales (el bebé presentaba deformación y corría peligro la vida de la madre), condición que se le fue informada en los dos primeros meses de gestación, sin embargo, dejaron que llegara a los 7 meses para que diera a luz de manera natural, lo que dio como consecuencia, su deceso.


Sus familiares denunciaron este acontecimiento, para que reconsideren integrar las tres causales en el código penal, y así evitar más pérdidas de mujeres.
Este trabajo salió del Diplomado Internacional en Periodismo de Investigación, impartido por el Instituto Tecnológico de Santo Domingo (INTEC), en conjunto con la embajada de los Estados Unidos en República Dominicana, con la colaboración de los periodistas Laura Miosotis Lorenzo Pache , Mery Ann Escolástico Fragoso, Marino Ramírez Grullón , Stephanie Nairoby Ureña y Eliana Joaquina Ledesma Mejía.

Exit mobile version